La CNMC es un organismo que promueve y defiende el buen funcionamiento de todos los mercados en interés de las empresas y de los consumidores. Por ello, todo operador de telecomunicaciones debe estar inscrito en el registro de operadores de la CNMC.
Este organismo es independiente del Gobierno y está sometido al control parlamentario, afianzando su independencia y fortaleciendo la seguridad jurídica de sus actuaciones, las cuales se recogen en las resoluciones que aprueba su Consejo.
Si estás interesado en la explotación de redes y prestación de servicios de comunicaciones electrónicas en el territorio español, has de notificar tus intenciones antes de iniciar la actividad, para la inscripción en el Registro de Operadores.
Por el contrario, si deseas modificar los datos inscritos, de igual forma, debes entregar una notificación que lo alegue a la CNMC en el plazo máximo de un mes.
En el caso de que dejes de ofrecer servicios de telecomunicaciones, debes comunicar el cese de la actividad para su cancelación en el Registro de Operadores, independientemente de que se trate de la cancelación de una o varias actividades y/o de la extinción de la condición de operador.
A su vez, debes tener en cuenta que es obligatorio que comuniques la continuidad de la presentación de las actividades cada tres años desde la fecha de la notificación inicial para seguir inscrito en el Registro de Operadores. Por otra parte, también es obligatorio que avises a la CNMC de los ingresos brutos anuales para el pago del modelo T6.
Estos son los requisitos indispensables que debes cumplir para operar y ofrecer servicios de telecomunicaciones de forma legal.
Consejos para inscribirse en la CNMC de forma sencilla:
Debes tener la intención de explotar una red de telecomunicaciones y ofrecer servicios de telecomunicaciones: (telefonía fija, móvil, proveedor de acceso a Internet, operador móvil virtual, servicios de comunicación audiovisual).
Solo pueden inscribirse en el Registro las personas físicas o jurídicas.
La documentación administrativa necesaria para la inscripción en el organismo en caso de ser una empresa es: escrituras, DNI compulsado y CIF. En caso de ser autónomo, necesitarás DNI, modelo 036 o 037 y el último recibo del pago de autónomo.
La notificación debe ser firmada por la persona que represente a la empresa o por la persona autónoma. No son válidas las firmas fotocopiadas o escaneadas. Si en el caso de la empresa, sois apoderados mancomunados, debéis firmar todos; no sirve que solo firme uno de los administradores.
Debes describir y especificar la actividad que va a realizar la empresa.
En primer lugar, tienes que hacer una descripción comercial de la actividad: más o menos, lo que se le ofrecería en un futuro a los posibles clientes sobre los servicios que presta la empresa (servicios, tarifas y precios).
En segundo lugar, tienes que describir la parte técnica. Si vas a explotar una red, has de aportar un diagrama funcional o un esquema de red con su descripción y cualquier comentario adicional.
Si dispones de múltiples servicios y redes, debes describir cada uno de los servicios y especificar sobre qué red se va a dar cada uno.
La CNMC te notificará la resolución de la inscripción en 1 mes aproximadamente a través de correo electrónico, aunque puedes consultarlo en el siguiente enlace: https://numeracionyoperadores.cnmc.es/operadores
Una vez inscrito debes tener en cuenta los siguientes puntos:
Estás obligado a pagar anualmente la “Tasa General de Operadores”. Esta tasa es el 1 por mil de los ingresos brutos de explotación. La Tasa General de Operadores se devengará el 31 de diciembre de cada año. No obstante, si por causa imputable, perdieras la habilitación para actuar como tal en fecha anterior al 31 de diciembre, la tasa se devengará en la fecha en que esta circunstancia se produzca.
Podrás informar de la Tasa General de Operadores mediante una declaración de ingresos brutos de explotación de manera voluntaria, o bien a través de requerimientos individualizados de información que serán notificados por la CNMC. Una vez dispongas de los citados ingresos brutos de explotación, la CNMC te notificará una liquidación tributaria (modelo T6) para que procedas a su ingreso en los plazos que se señalan en la propia liquidación.
Si estás interesado en ser operador de telecomunicaciones, necesitas avisar de la continuidad o informar de los ingresos brutos, puedes contactar con Bandalibre. Estaremos encantados de poder ayudarte durante el proceso y seguimiento del trámite.